Una nueva pregunta: La responsabilidad social universitaria

¿Es la RSU una nueva envoltura para proyección y extensión social? ‘¿Es un concepto de la empresa privada? que es esto?

La nueva ley universitaria plantea en un capítulo este tema como vemos:  

CAPÍTULO XIII RESPONSABILIDAD SOCIAL UNIVERSITARIA

Artículo 124. Responsabilidad social universitaria

La responsabilidad social universitaria es la gestión ética y eficaz del impacto generado por la universidad en la sociedad debido al ejercicio de sus funciones: académica, de investigación y de servicios de extensión y participación en el desarrollo nacional en sus diferentes niveles y dimensiones; incluye la gestión del impacto producido por las relaciones entre los miembros de la comunidad universitaria, sobre el ambiente, y sobre otras organizaciones públicas y privadas que se constituyen en partes interesadas.
La responsabilidad social universitaria es fundamento de la vida universitaria, contribuye al desarrollo sostenible y al bienestar de la sociedad. Compromete a toda la comunidad universitaria.

Artículo 125. Medios de promoción de la responsabilidad social universitaria

Cada universidad promueve la implementación de la responsabilidad social y reconoce los esfuerzos de las instancias y los miembros de la comunidad universitaria para este propósito; teniendo un mínimo de inversión de 2% de su presupuesto en esta materia y establecen los mecanismos que incentiven su desarrollo mediante proyectos de responsabilidad social, la creación de fondos concursables para estos efectos. El proceso de acreditación universitaria hace suyo el enfoque de responsabilidad social y lo concretiza en los estándares de acreditación, en las dimensiones académicas, de investigación, de participación el desarrollo social y servicios de extensión, ambiental e institucional, respectivamente.

En el Perú, el tema no es nuevo, especialmente las universidades privadas han desarrollado el tema dentro de sus organizaciones, a nivel conceptual François Vallaeys (PUCP) ha desarrollado el concepto de manera más amplia; en un texto de referencia obligada “¿Qué es la Responsabilidad Social Universitaria?”  y aunque es un tema ya cubierto en el resto de universidades del mundo, en el nuestro arriba oficialmente a las universidades públicas con la ley universitaria.

Vamos a observar un interesante planteamiento sobre el tema, lo bueno es que no empezamos de cero, ojalá no se traduzca en un incremento de la burocracia universitaria, porque más que acciones específicas el tema es transversal a todos los procesos de la universidad.

Espero en un siguiente post desarrollar la organización de la RSU en las universidades

Más recursos:

La responsabilidad social universitaria en la educación a distancia

Responsabilidad social universitaria: blog PUCP

Política de responsabilidad social UPCH

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