El Perú cuenta con una ley de transparencia y acceso a la información. En sus primeros párrafos asumen un principio a veces desconocido por muchos de nosotros:
Toda información que posea el Estado se presume pública, salvo las excepciones expresamente previstas por el Artículo 15º de la presente Ley (Art. 1).
Las excepciones se refieren a la información clasificada como secreta, reservada y confidencial; entre ellas se encuentran con toda lógica los planes estratégicos de las fuerzas armadas, los informes de inteligencia, el secreto bancario, la información referida a la salud, y una serie de datos de reservas justificables.
Además norma la publicación en las páginas webs tanto de las instituciones como en el Ministerio de Economía y Finanzas de información relacionada con gastos de planilla, pago de productos y servicios y demás información financiera.
Y todo este preámbulo para suponer que las Universidades y demás instituciones educativas públicas deben tener su portal de transparencia y proporcionar información a los usuarios, a los ciudadanos que de una u otra forma pagamos impuestos (con el fastidio del corazón).
Y también para recomendar a Universidad Coherente, una ONG dedicada a la educación superior universitaria y que presentó hace unos meses un informe sobre el tema, publicando por primera vez un ranking de transparencia universitaria. Tarea simpática que sigue el razonamiento arriba expuesto, muy recomendable para conocer mejor el uso que de los fondos públicos hacen nuestras autoridades universitarias. Abajo un pequeño resumen, y aquí el link al informe completo.