El año pasado se estrenaron 2 modelos de calidad relacionados entre sí: la nueva versión ISO 9001:2018 y los criterios de evaluación europeo de calidad educativa (ENQA).
Del modelo ISO se han escrito varios artículos y abundan los cursos en internet promoviendo la actualización a estas nuevas condiciones, así que no abundare en detalles al respecto.
Si me detendré a analizar el nuevo modelo europeo, cuya traducción, cuya versión en español acaba de ser publicada por ANECA. Este modelo se divide en tres secciones diferenciadas entre sí que abarca el proceso de evaluación en sus 3 partes constitutivas:
- La Autoevaluación de los centros formativos
- La Evaluación Externa, y
- La Acreditación
Los conceptos, ya 2 conceptos son parte transversal de estos estándares, el de aseguramiento de la calidad y el de grupos de interés.
…la expresión “aseguramiento de la calidad” se usa para describir todas las actividades dentro del ciclo continuo de mejoras (es decir, actividades de aseguramiento y mejora).
asimismo:
el término grupos de interés (stakeholders) abarca todos los miembros de una institución, incluidos estudiantes, personal docente y de administración y servicios, así como a los grupos de interés externos, tales como los empleadores y los socios externos de una institución.
A continuación un resumen de los criterios y directrices para el aseguramiento de Calidad en el
Espacio Europeo de Educación Superior (ESG), publicados en la web de ANECA
Parte 1. Aseguramiento interno de la calidad (Autoevaluación y mejora continua)
Criterio 1.1 Política de aseguramiento de calidad
Las instituciones deben tener una política pública de aseguramiento de la calidad que forme parte de su gestión estratégica. Los grupos de interés internos deben desarrollar e implantar esta política mediante estructuras y procesos adecuados, implicando a los grupos de interés externos.
Criterio 1.2 Diseño y aprobación de programas
Las instituciones deben tener procesos para el diseño y la aprobación de sus programas de estudio. Los programas se deben diseñar de manera que cumplan los objetivos establecidos para los mismos, incluyendo los resultados esperados del aprendizaje. La cualificación de un programa
debe quedar claramente especificada y ha de ser pública y debe hacer referencia al nivel exacto del marco nacional de cualificaciones de educación superior y, por consiguiente, al Marco de Cualificaciones del Espacio Europeo de Educación Superior.
Criterio 1.3 Enseñanza, aprendizaje y evaluación centrados en el estudiante
Las instituciones deben asegurarse de que los programas se imparten de manera que animen a los estudiantes a participar activamente en la creación del proceso de aprendizaje y que la evaluación de los estudiantes refleja este enfoque centrado en el estudiante.
Criterio 1.4 Admisión, evolución, reconocimiento y certificación de los
estudiantes
Las instituciones deben aplicar de manera consistente normas preestablecidas y públicas que abarquen todas las fases del “ciclo de vida” de los estudiantes, por ejemplo, admisión, progreso, reconocimiento y certificación de los estudiantes.
Criterio 1.5 Personal docente
Las instituciones deben asegurar la competencia de sus profesores. Asimismo, deben utilizar procesos justos y transparentes para la contratación y el desarrollo de su personal.
Criterio 1.6 Recursos para el aprendizaje y apoyo a los estudiantes
Las instituciones deben contar con una financiación suficiente para desarrollar las actividades de enseñanza y aprendizaje y asegurarse de que se ofrece a los estudiantes apoyo y recursos para el aprendizaje suficientes y fácilmente accesibles.
Criterio 1.7. Gestión de la información
Las instituciones deben asegurarse de que recopilan, analizan y usan la información pertinente para la gestión eficaz de sus programas y otras actividades.
Criterio 1.8. Información pública
Las instituciones deben publicar información clara, precisa, objetiva, actualizada y fácilmente accesible sobre sus actividades y programas.
Criterio 1.9. Seguimiento continuo y evaluación periódica de los programas
Las instituciones deben hacer un seguimiento y una evaluación periódica de sus programas para garantizar que logran sus objetivos y responden a las necesidades de los estudiantes y de la sociedad. Dichas evaluaciones deben dar lugar a una mejora continua del programa. Como
consecuencia de lo anterior, cualquier medida prevista o adoptada, debe comunicarse a todos los interesados.
Criterio 1.10. Aseguramiento externo de la calidad cíclico
Las instituciones deben someterse a un proceso de aseguramiento externo de la calidad de naturaleza cíclica y en línea con los ESG.
Parte 2: Criterios para el aseguramiento externo de la calidad
2.1 Importancia del aseguramiento interno de la calidad
El aseguramiento externo de la calidad debe estar orientado a la eficacia de los procesos de aseguramiento interno de la calidad que se describen en la Parte 1 de los ESG.
2.2 Diseño de metodologías adecuadas a sus fines
El aseguramiento externo de la calidad se debe definir y diseñar específicamente para garantizar la adecuación al logro de sus fines y objetivos propuestos, al tiempo que tiene en consideración la normativa en vigor. Los grupos de interés deben participar en su diseño y en su mejora continua.
2.3 Implantación de procesos
Los procesos de aseguramiento externo de la calidad deben ser fiables y útiles, han de estar definidos previamente, deben implantarse de forma consistente y han de ser públicos. Estos procesos incluyen los siguientes elementos:
- una autoevaluación o equivalente;
- una evaluación externa que normalmente incluye una visita externa;
- un informe derivado de la evaluación externa;
- un seguimiento sistemático.
2.4 Pares evaluadores
Los procesos de aseguramiento externo de la calidad deben llevarse a cabo por
grupos de pares evaluadores que incluyan uno o varios estudiantes.
2.5 Criterios para fundamentar los resultados
Los resultados o juicios derivados del aseguramiento externo de la calidad deben
basarse en criterios explícitos y públicos que se aplican de manera sistemática, con
independencia de que el proceso dé lugar a una decisión formal.
2.6 Informes
Los informes detallados de los expertos deben hacerse públicos de manera clara y
accesible tanto a la comunidad académica, como a los socios externos o a cualquier
otra persona interesada. Si la agencia toma una decisión formal basada en los
informes, la decisión debe publicarse de manera conjunta con el informe.
2.7 Reclamaciones y recursos
Los procesos de reclamaciones y recursos deben definirse de manera clara como
parte del diseño de los procesos de aseguramiento externo de la calidad y deben
comunicarse a las instituciones.
Parte 3: Criterios para las agencias de aseguramiento externo de la
calidad
3.1 Actividades, política y procesos de aseguramiento de la calidad
Las agencias deben llevar a cabo actividades de aseguramiento externo de la calidad de manera regular según se define en la Parte 2 de los ESG. Deben tener metas y objetivos claros y explícitos que formen parte de su declaración de la misión y que estén disponibles de forma pública. Las metas y objetivos se deben trasladar al trabajo diario de la agencia. Las agencias deben asegurarse de que las partes interesadas participan en su gestión y trabajo.
3.2 Estatus oficial
Las agencias deben tener una base jurídica demostrable y deben ser reconocidas formalmente por las autoridades públicas competentes como agencias de aseguramiento externo de la calidad.
3.3 Independencia
Las agencias deben ser independientes y actuar de manera autónoma. Deben ser las únicas responsables de su funcionamiento y de los resultados de sus operaciones, sin la influencia de terceros.
3.4 Análisis temáticos
Las agencias deben publicar con regularidad informes que describan y analicen las conclusiones generales de sus actividades de aseguramiento externo de la calidad.
3.5 Recursos
Las agencias deben disponer de recursos suficientes y apropiados, tanto humanos como financieros, para llevar a cabo su trabajo.
3.6 Aseguramiento interno de la calidad y ética profesional
Las agencias deben disponer de procesos de aseguramiento interno de la calidad relacionados con la definición, el aseguramiento y la mejora de la calidad e integridad de sus actividades.
3.7 Evaluación externa cíclica de las agencias
Las agencias deben someterse a una evaluación externa, al menos una vez cada cinco años para demostrar el cumplimiento de los ESG.